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Centros de Entrenamiento

Actualizado: 19 mar 2020



  1. Son espacios destinados para la formación de personas en trabajo seguro en alturas, que cuenta con infraestructura adecuada para desarrollar y fundamentar el conocimiento y las habilidades necesarias para el desempeño  del trabajador, y la aplicación de las técnicas relacionadas con el uso de equipos y configuración de Sistemas de Protección Contra Caídas de Alturas. Se  dividen  en ; Personas Naturales  y Jurídicas con licencia de  salud  en el Trabajo, Instituciones de Educación Superior, Cajas  de  Compensación familiar e Instituciones  de  educación para el Trabajo y Desarrollo Humano.

  2. La Dirección de Movilidad y Formación para el Trabajo diseñó este módulo para el registro de Centros de Entrenamiento, dicho módulo estará disponible en la página web del Ministerio del Trabajo una vez sea aprobado por la Dirección y será utilizado en la medida en que los Centros de Entrenamiento cumplan con los requisitos señalados en el artículo 46 de la Resolución 1178 de 2017.

ARTÍCULO 46. DOCUMENTOS PARA EL REGISTRO DE LOS CENTROS DE CAPACITACIÓN Y ENTRENAMIENTO. Los directores de operación de los centros de capacitación y entrenamiento en protección contra caídas en trabajo en alturas deberán remitir para su inscripción en el registro de proveedores de formación los siguientes documentos:

1. Solicitud, indicando la dirección donde funciona el respectivo Centro, teléfono, correo electrónico de contacto, nivel de capacitación que desea impartir, sedes donde se ofrece la capacitación y cuando sea del caso, copia de los contratos o convenios adelantados para la prestación de los servicios de formación con las instituciones autorizadas.

2. Certificado de existencia y representación legal con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días.

3. Copia del documento de identidad del representante legal del Centro, en el caso de personas naturales, copia del documento de identidad.

4. Los programas de capacitación a impartir, de conformidad con lo establecido en las Resoluciones 1409 de 2012, 1903 de 2013 y 3368 de 2014 del Ministerio del Trabajo o las normas que las sustituyan, modifiquen o aclaren y demás legislación vigente.

Cada programa debe especificar: nivel de formación a certificar, requisitos de ingreso, mecanismos de evaluación donde se identifiquen los resultados esperados, plan de seguimiento y tiempo de duración.

5. Licencia en salud ocupacional vigente, hoy en seguridad y salud en el trabajo, para las personas naturales y jurídicas.

6. Certificado del entrenador de Trabajo Seguro en Alturas, conforme lo establece el numeral 2o del artículo 12 de la Resolución 1409 de 2012 y artículo 7 de la Resolución 3368 de 2014 y demás normas que la modifiquen, adicionen o complementen.

7. Certificación de la Administradora de Riesgos Laborales, donde conste que su Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, incluye el Programa de Protección Contra Caídas, verificando que los espacios, equipos y sistemas a utilizar cumplen con los requisitos de seguridad, de acuerdo con lo estipulado en la Resolución 1409 de 2012.

8. Certificación de calidad expedida por un organismo certificador debidamente acreditado por el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia (ONAC).

PARÁGRAFO 1o. Las personas naturales y jurídicas con licencia de salud ocupacional hoy seguridad y salud en el trabajo, que se encuentran autorizadas por el Sena para impartir la formación en programas en Protección contra Caídas en Trabajo en Alturas, podrán inscribir su centro de capacitación y entrenamiento ante el Ministerio del Trabajo durante el término de vigencia. En todo caso, si transcurrido un año a partir de la expedición de la presente resolución no cuenta con la certificación de calidad se procederá a inhabilitar el registro, previa su comunicación por parte de la Dirección de Movilidad y Formación para el Trabajo.

  1. Este módulo permitirá el registro de sedes, entrenadores, programas, cursos, certificados y beneficiarios.

  2. El módulo permitirá el control de los trabajadores formados en trabajo seguro en alturas que es una de las actividades más riesgosas que existe en el país, propiciando la reducción de los riesgos, evitando la falsificación de las certificaciones, incrementando la formación con pertinencia y calidad y con ello generando un aumento de la productividad en las empresas

www.mintrabajo.gov.co/

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