GRAVE CALAMIDAD DOMESTICA – SG-SST
Respuesta del Dr. Alexander Coral, Líder de Investigación Legal de actualicese.com a la pregunta
¿Por cuánto tiempo se puede extender una grave calamidad de un empleado?
En cuanto a la definición de la calamidad domestica la Corte Constitucional en Sentencia C – 930/2009 señaló: “En el caso de grave calamidad doméstica debidamente comprobada, median también claras razones de solidaridad que implican que el empleador esté obligado a responder de forma humanitaria “ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas. En efecto, el Código Sustantivo del Trabajo no define qué es la calamidad doméstica, pero para efectos de las licencias a que alude la norma acusada, ha de ser entendida como todo suceso familiar cuya gravedad afecte el normal desarrollo de las actividades del trabajador, en la cual pueden verse amenazados derechos fundamentales de importancia significativa en la vida personal o familiar del mismo, como por ejemplo una grave afectación de la salud o la integridad física de un familiar cercano –hijo, hija, padre, madre, hermano, cónyuge o compañero-, el secuestro o la desaparición del mismo, una afectación seria de la vivienda del trabajador o de su familia por caso fortuito o fuerza mayor, como incendio, inundación o terremoto, para citar algunos ejemplos. Todas estas situaciones, u otras similares, pueden comprometer la vigencia de derechos fundamentales de los afectados, o irrogarles un grave dolor moral, y los obligan a atender prioritariamente la situación o la emergencia personal o familiar, por lo cual no están en condiciones de continuar la relación laboral prestando su servicio personal, existiendo un imperativo de rango constitucional para suspender el contrato de trabajo” Si bien es obligación del empleador dar ésta licencia de grave calamidad doméstica de la cual se puede hacer uso en caso de muerte de los parientes excluidos de la licencia de luto, es necesario que el trabajador solicite dicha licencia por un término razonable, pues el empleador podría limitarla al tiempo necesario para asistir a la velación y entierro o cremación.
FUENTE: MINTRABAJO
Procedencia de la licencia por grave calamidad doméstica según el grado de parentesco
Licencia laboral por calamidad doméstica. … En ese sentido, el código sustantivo del trabajo, en su art 57, numeral 6, consagra las licencias por calamidad domestica, donde se establece que es obligación del empleador, conceder las licencias necesarias a los empleados en caso de calamidad domestica debidamente comprobada .
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