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Nueva causal de despido legal afecta contratos de trabajo en curso

Cuando la ley crea una nueva causal de despido justificado, dicha ley tiene aplicación inmediata de manera tal que afecta incluso a los contratos de trabajo ya firmados  y en curso.

Que un contrato de trabajo se haya firmado o iniciado antes del cambio normativo que crea esa nueva justa causa de despido, no impide que dicha causa aplique para esos contratos.

Así lo precisó la sala laboral de la Corte suprema de justicia en sentencia 45036 del 15 de marzo de 2017 con ponencia de la magistrada Clara Cecilia Dueñas:

«Para estos efectos, es conveniente recordar que por regla general, las leyes laborales, una vez son expedidas y promulgadas, cobran vigor de forma general e inmediata, de modo que adquieren vocación de regular las relaciones en curso y las situaciones no definidas o consumadas conforme a estatutos anteriores (art. 16 CST). Desde esta perspectiva, cuando el legislador por razones de política social o económica incorpora al ordenamiento jurídico una nueva justa causa para finalizar los vínculos laborales, esa normativa rige con efecto general inmediato en las relaciones que estén en curso. Por consiguiente -si se configuran los supuestos fácticos que estipula- el empleador está facultado para invocarla, sin que por esa circunstancia se entienda que al hacerlo, le está otorgando efectos retroactivos a la disposición que la consagra.»

La pregunta que surge es: ¿Si la nueva causal de despido no es contemplada por una ley sino por el reglamento de trabajo, o una convención colectiva aplica también para los contratos de trabajo ya firmados?

¿Usted qué opina?

Señor ciudadano, para radicar una petición, queja, reclamo o denuncia, por favor haga clic aquí





Esperamos que éste Post  haya sido de utilidad

Fuente: www.gerencie.com

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